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En una economía de libre mercado y bajo el precepto constitucional que establece que toda persona puede dedicarse a la actividad económica de su preferencia, es de suma importancia que cada competidor utilice herramientas que le permitan ser el dominante en el mercado. Las marcas como ventaja competitiva y  como elemento esencial para distinguir productos y servicios en el mercado deben cumplir con una serie de parámetros, entre los cuales se encuentra el ser susceptible de registro ante la oficina nacional competente, es decir, el Servicio Autónomo en Propiedad Intelectual (SAPI), que como ente rector en la materia, ha establecido mediante la jurisprudencia administrativa un conjunto de criterios en torno a la susceptibilidad de que un signo pueda ser registrado como marca. En este sentido, conocer la interpretación que ha venido siendo asentada en la doctrina administrativa en materia de registro de marcas por la autoridad nacional competente, permitirá al participante una mayor eficacia en la gestión de este activo intangible, para mejorar el nivel de real distintividad que se espera, en aras de beneficiar al mercado y al consumidor con ofertas comerciales claramente diferenciadas y que a su vez logre ser una marca líder en el mercado.
En una economía de libre mercado y bajo el precepto constitucional que establece que toda persona puede dedicarse a la actividad económica de su preferencia, es de suma importancia que cada competidor utilice herramientas que le permitan ser el dominante en el mercado. Las marcas como ventaja competitiva y  como elemento esencial para distinguir productos y servicios en el mercado deben cumplir con una serie de parámetros, entre los cuales se encuentra el ser susceptible de registro ante la oficina nacional competente, es decir, el Servicio Autónomo en Propiedad Intelectual (SAPI), que como ente rector en la materia, ha establecido mediante la jurisprudencia administrativa un conjunto de criterios en torno a la susceptibilidad de que un signo pueda ser registrado como marca. En este sentido, conocer la interpretación que ha venido siendo asentada en la doctrina administrativa en materia de registro de marcas por la autoridad nacional competente, permitirá al participante una mayor eficacia en la gestión de este activo intangible, para mejorar el nivel de real distintividad que se espera, en aras de beneficiar al mercado y al consumidor con ofertas comerciales claramente diferenciadas y que a su vez logre ser una marca líder en el mercado.

Competencias a desarrollar

El egresado de este curso estará en capacidad de:

  • Contar con fundamentos teóricos y prácticos para reconocer los elementos que hacen a un signo susceptible de registrable y los requisitos formales que deben acompañar su solicitud de registro.
  • Comprender los fundamentos, asentados en la doctrina administrativa, sobre los que se erigen las distintas causales de irregistrabilidad de los signos distintivos.

Sobre

la oferta académica

A quién va dirigida

Abogados de organizaciones vinculados o con interés de entender más sobre el resguardo de la propiedad intelectual. Profesionales universitarios de carreras como Derecho, Comunicación Social, Arte, Relaciones Internacionales, Diseñadores gráficos, diseñadores industriales, especialistas en marketing que tengan en su quehacer el desarrollo y propuesta de signos distintivos. Emprendedores con iniciativas comerciales que requieran de un registro marcario. Estudiantes de pregrado y postgrado interesados en el área marcaria.

Fecha de inicio y finalización

Inicio: 17 de abril de 2024
Fin: 29 de mayo de 2024

Modalidad

Virtual

Duración

24 horas académicas

Horario

Lunes y miércoles, de 6:00 p.m. a 8:00 p.m.

Título

El curso contará con certificado de participación de haber completado el participante el 80% de asistencia a las actividades programadas.

Nuestro

Plan de estudios

MÓDULO 1: BREVE INTRODUCCIÓN A LOS SIGNOS DISTINTIVOS

  1. Definición de la Propiedad Intelectual.
  2. Definición y naturaleza jurídica de los signos distintivos.
  3. Tipos de Signos Distintivos.
  4. Regulación de los Signos Distintivos.

MÓDULO 2: CRITERIOS DE ADMISIBILIDAD

  1. Quién puede solicitar una marca: tramitante, solicitante y apoderado.
  2. Documentos a presentar.
  3. Descripción de la marca.
  4. Distingue/Principio Especialidad.

MÓDULO 3: DEFINICIÓN LEGAL DE LOS SIGNOS DISTINTIVOS

  1. Distintividad, Originalidad vs. Novedad.
  2. Alcance del artículo 27 de la Ley de Propiedad Industrial de 1955.
  3. Caso lemas comerciales. Excepción.
  4. Examen de Registrabilidad.
  5. Nombres comerciales gráficos.

MÓDULO 4: CRITERIOS DE IRREGISTRABILIDAD INTRÍNSECOS

  1. Signos que atenten contra la moral. 
  2. Signos que contengan símbolos patrios.
  3. Signos que consistan en un nombre geográfico. 
  4. Signos que consistan en la forma de los productos elaborados por el fabricante. 
  5. Signos que consistan en la forma usual de los productos. 
  6. Signos que den información sobre el origen de los productos o servicios a distinguir (gentilicio). 
  7. Signos que den información sobre la cualidad de los productos o servicios a distinguir. Signos evocativos.
  8. Signos Patronímicos.

MÓDULO 5: CRITERIOS DE IRREGISTRABILIDAD EXTRÍNSECOS

  1. Signos que se parezcan gráfica y fonéticamente a otro ya registrado: Limitación del distingue; solicitud cancelación falta de uso; Acuerdos de Coexistencia.

MÓDULO 6: CRITERIOS RELACIONADOS CON LA REGISTRABILIDAD DE LA DENOMINACIÓN COMERCIAL Y EL LEMA COMERCIAL

  1. Denominación comercial descriptiva. 
  2. Definición legal Lema Comercial.

MÓDULO 7: ANALISIS DE UN CASO. EJERCICIO PRÁCTICO

Profesores

Dra. Raizabel Méndez
Coordinadora de la Especialización en Propiedad Intelectual (EPROI) de la Universidad Monteávila. Consultora/Investigadora en las áreas de gestión empresarial y Propiedad Intelectual. Dos años como Asesora en Propiedad Intelectual en el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI-Venezuela).
Esp. Sabrina Matheus
Especialista en Propiedad Intelectual. Profesora Especialización en Propiedad Intelectual (EPROI). Dos años como Asesora en Propiedad Intelectual en el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual (SAPI-Venezuela).

Recaudos

  • Copia de la cédula de identidad
  • Fotografía digital
  • Resumen curricular actualizado

Registro

del interesado

Si estás interesado en participar ingresa tus datos, te informaremos al activarse el proceso de inscripción.

Datos

Inscripción

Modalidades

De pago

De contado

Público general: $ 110
Descuento Egresados y Empleados UMA $ 100
Descuento por grupos => 3 personas $ 100

Financiado

N/A

** Para descuentos por grupos los participantes deben solicitarlo a [email protected] indicando los nombres de los participantes del grupo y la institución de donde provienen. Una vez validada la información por la Coordinación Académica se les notificará para que procedan a la inscripción.

Al pagar en dólares se debe incluir en el pago el 3% del IGTF.

Tasa de conversión para montos en Bs.

Se tomará la tasa de cambio del BCV del día.

Consulta la Tasa de Cambio del BCV aquí

Para calcular el valor en petros consulta www.petro.gob.ve

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Proceso de

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De 8:30 a.m. a 11:30 a.m. y de 1:30 p.m. a 4:00 p.m.

Ubicación:

Edif. Sede principal Universidad Monteávila. Av. El Buen Pastor. Boleíta Norte. Caracas.

Contacto: